Subsidio a la economía formal colombiana en tiempos de Covid -19

By Sergio Jimenez

Dentro de las medidas adoptadas por el gobierno colombiano como aliciente para los diferentes sectores formales que conforman la economía productiva el 8 de mayo saca este decreto con el que busca dar un poco de estabilidad en tiempos de emergencia.

DECRETO LEGISLATIVO 677 DE 2020 el cual modifica el DECRETO 639 DE 2020 amparado en el estado de emergencia económica, social y ecológica en el territorio colombiano.

Estamos en una situación sin precedentes en la que una pandemia mundial se ha convertido en una crisis económica y financiera. Dada la interrupción repentina de la actividad económica se han tomado medidas extraordinarias para salvar vidas y salvaguardar la actividad económica por lo que se da prioridad al apoyo fiscal focalizado para los hogares y las empresas vulnerables con el fin de afianzar la recuperación en 2021.

Por lo cual se considera necesario otorgar un apoyo a la nomina para garantizar a los trabajadores una capacidad para cubrir gastos necesarios.

Se ha generado una gran afectación de las empresas llevando a muchas al cierre total y el aumento de la tasa de desempleo de 12,6% para el mes de marzo y esto genera una perturbación grave y extraordinaria en el orden económico y social.

Dada la interrupción repentina de la actividad económica se han tomado medidas extraordinarias para salvar vidas y salvaguardar la actividad económica por lo que se da prioridad al apoyo fiscal focalizado para los hogares y las empresas vulnerables con el fin de afianzar la recuperación en 2021.

Por las razones expuestas anteriormente el gobierno nacional expide decreto legislativo para proteger el apoyo del empleo formal quienes pueden ser beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios del PAEF las personas jurídicas, personas Naturales, consorcios y uniones temporales que cumplan con los siguientes requisitos.

  1. Empresas que hayan sido constituidas antes del 1 de enero de 2020
  2. Cuenten con un registro mercantil que haya sido renovado por lo menos en el año 2019. Esto solo aplica para las personas jurídicas constituidas en el año 2018 y anteriores
  3. Demostrar la necesidad del aporte estatal certificando una disminución del 20% o más en sus ingresos.
  4. No haber recibido el aporte de que trata el decreto en tres ocasiones
  5. No incurrir en ningún tipo de falsedad de la información que se está suministrando.

La cuantía del aporte estatal que se recibirá por parte de las empresas será del 40% del valor del salario mínimo legal mensual vigente para cada trabajador Y solo por tres meses mayo, junio y Julio.

Para efectos de este decreto se entenderá que el numero de empleados corresponde al numero de empleados reportado en la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes inmediatamente anterior al de la postulación de dicho beneficiario, en cualquier caso, este calculo debe corresponder por lo menos en un 80% a los trabajadores reportados en la planilla (PILA) del mes de febrero de 2020.

Procedimiento para la postulación personas jurídicas

  1. Solicitud firmada por el representante legal de la empresa en lo cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del programa de apoyo al empleo formal – PAEF
  2. Certificado de existencia y representación legal, en el cual conste nombre y documento del representante legal que suscribe la comunicación.
  3. Certificación, firmada por el representante legal y el revisor fiscal, o por contador publico en los casos que la empresa no este obligada a tener revisor fiscal en la que se certifique:
    • El numero de empleos formales que se mantendrán en el mes correspondiente a través del aporte estatal objeto del programa.
    • La disminución de los ingresos de acuerdo con lo determinado en el decreto.
    • Que los recursos solicitados y efectivamente recibidos serán, única y exclusivamente, destinados al pago de los salarios de los empleos formales del beneficiario.

 

El control que realizara el gobierno para que el uso de estos subsidios se genere de manera adecuada contara con la UGPP y la DIAN para realizar los respectivos cruces y controles de información con lo que monitoreara que se este cumpliendo con los estrictamente descrito en el decreto y se logre el objetivo de mantener y fomentar el empleo formal.

Esta es una gran apuesta del gobierno por dar un tipo de sostenibilidad a corto plazo para que no se funda el aparato productivo y una invitación a todo los que pueden acceder a los beneficios para seguir en la lucha por sacar el país adelante.

Algunas fuentes que utilizamos para realizar este post: Decretos 639 del 8 de mayo y 677 del 19 de mayo de 2020 ministerio de hacienda y crédito publico

www.presidencia.gov.co

Comparte nuestro contenido

Estemos siempre en contacto

Déjanos tu correo electrónico y siempre estaremos en contacto contigo, conocerás de nuestras ultimas noticias, servicios, ofertas de empleo y más.

Copyright @ 2019 Masivian todos los derechos reservados.